PERMISO DE RESIDENCIA POR ARRAIGO

¿QUÉ ES UN PERMISO DE RESIDENCIA POR ARRAIGO?

Para residir de forma legal en España por más de 90 días debes contar con un permiso de residencia temporal o permanente. El permiso de residencia temporal permite a quien lo obtenga residir en España de manera legal por un plazo máximo de 5 años. Los permisos de residencia por arraigo son parte de los permisos de residencia temporal. Existen tres tipos de arraigo que detallaremos en este artículo.

El permiso por arraigo se tramita a través de un procedimiento administrativo ante las oficinas de extranjería donde reside el ciudadano que lo solicitará. A través de este tipo de permiso de residencia, cualquier ciudadano no comunitario que lleve más de dos o tres años (depende del tipo de arraigo que solicite) residiendo en España de forma ilegal, podrá conseguir una residencia legal y regularizar su situación durante un año.

CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DEL PERMISO DE RESIDENCIA POR ARRAIGO

A través de este tipo de permiso de residencia, no sólo se puede residir legalmente en España, si no que se puede trabajar tanto por cuenta ajena (empleado) como por cuenta propia (emprendedor/autónomo).

El permiso se concede por el plazo de un año, pudiendo posteriormente solicitarse otro tipo de permisos de residencia. Los trámites para su obtención se realizan desde España. No es necesario que el ciudadano salga del país, como sucede para la obtención de otro tipo de permisos.

Solicitar un permiso de residencia por arraigo es la solución más conveniente para los ciudadanos no comunitarios que residen en España de forma irregular, pero que puede demostrar una residencia en el país de más de dos años. Dada la complejidad de cada caso, se recomienda solicitar el asesoramiento de un abogado experto en Extranjería.

TIPOS DE ARRAIGO

En España contamos con tres tipos de permiso de residencia por arraigo:

Arraigo familiar:

Se concederá a aquellos extranjeros que sean hijos de padres originarios de España, o bien tengan hijos con nacionalidad española residiendo en el país. En este tipo de arraigo será fundamental acreditar el vínculo familiar con documentos como el libro de familia o la partida de nacimiento.

Arraigo social:

Se concederá a aquellos extranjeros que lleven al menos tres años residiendo en el país de forma continuada y que cuenten con un contrato de trabajo.

Arraigo laboral:

Se concederá a aquellos extranjeros que lleven trabajando en España durante al menos seis meses y residiendo en el país al menos dos años de forma continuada.

¿CÓMO SE TRAMITA EL ARRAIGO?

Lo primero de todo es determinar qué tipo de arraigo será el más adecuado y beneficioso para el ciudadano no comunitario. Lo más recomendado es realizar estos trámites de la mano de un profesional que pueda asesorar qué tipo de permiso de residencia es el más acorde dependiendo de cada circunstancia.

El arraigo más solicitado es el arraigo social. Es indispensable cumplir con determinados requisitos: no tener antecedentes penales, contar con vínculos familiares o con un informe de inserción social, disponer de contrato de trabajo y poder demostrar la residencia continuada en España.

El tiempo para su tramitación dependerá del tiempo en que se tarde en recopilar toda la documentación necesaria y de la oficina de extranjería donde se solicite la cita. El procedimiento completo suele tardar aproximadamente entre 3 y 4 meses. En caso de que la petición de permiso de residencia por arraigo se aceptada será por plazo de 1 año.

Una vez transcurrido el periodo de residencia legal en España de 1 año, el ciudadano no comunitario podrá solicitar un permiso de residencia legal por otras vías:

  • Permiso de trabajo por cuenta ajena
  • Permiso de trabajo por cuenta propia
  • Residencia no lucrativa (si no tienes intención de trabajar en el país).

Desde CPG ABOGADOS prestamos un asesoramiento personalizado en procedimientos de extranjería. Ayudamos a nuestros clientes a residir en España de forma legal y regular de la forma más sencilla posible.

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